Cámara de Diputados aprueba Ley para la Protección de la Integridad Sexual de Niña, Niños y Adolescentes en Entornos Digitales

La aprobación del Proyecto de Ley CS N.º 206/2024-2025, denominado Ley para la Protección de la Integridad Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes en Entornos Digitales, marca un hito en la agenda legislativa boliviana. En la 153ª Sesión Ordinaria, la Cámara de Diputados dio luz verde a una normativa que busca enfrentar de manera frontal los delitos sexuales digitales cometidos contra NNA, un fenómeno en constante expansión en la región y en el mundo.

La ley responde a un contexto en el que las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) han abierto espacios de interacción que, junto a sus beneficios, también han facilitado la proliferación de riesgos: el grooming, la producción y distribución de material de abuso sexual infantil, el acoso en línea y la exposición forzada a contenidos sexuales. Según datos globales, este tipo de delitos creció exponencialmente durante la última década, y Bolivia no ha estado al margen de esa tendencia.

Los pilares de la norma

El texto legal establece un marco regulatorio integral que contempla prevención, sanción, protección y reparación. Entre los puntos más relevantes se destacan:

  • Tipificación de delitos digitales específicos: Se incorporan artículos al Código Penal que sancionan con 10 a 20 años de cárcel la producción de material de abuso sexual infantil y de 10 a 15 años la comercialización o distribución de este tipo de contenido.
  • Contacto indebido con niñas, niños y adolescentes en línea: Penalizado con 3 a 8 años de prisión cuando se demuestre intención sexual o envío de contenidos eróticos.
  • Exposición a contenidos sexuales: La ley establece penas de 3 a 6 años, agravadas si la víctima es menor de 12 años.
  • Medidas de protección especiales: Se refuerzan los mecanismos de alejamiento digital, eliminación de contenido y prohibición de contacto con la víctima a través de medios electrónicos.
  • Agente encubierto digital: El Ministerio Público podrá autorizar operaciones encubiertas en línea para identificar redes criminales.
  • Prevención en el ámbito educativo y familiar: El Ministerio de Educación y las familias asumen responsabilidades directas en la promoción de un uso seguro de las TIC.
  • Participación del sector privado: Las empresas proveedoras de telecomunicaciones deberán conservar datos por dos años y colaborar de manera obligatoria con investigaciones judiciales.

Una ley con enfoque de derechos humanos

Más allá de su carácter punitivo, la norma se sustenta en principios reconocidos en el derecho internacional: el interés superior del niño y niña, la protección reforzada frente a riesgos y la obligación del Estado de garantizar entornos seguros para la niñez y adolescencia.

Se incorpora también el derecho a la reparación integral: las víctimas tendrán acceso a atención psicológica y terapéutica, así como a la posibilidad de exigir indemnización patrimonial.

Este enfoque responde a compromisos asumidos por Bolivia en tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño y el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños y niñas en la pornografía.

Aunque la aprobación de la ley representa un avance, surgen desafíos clave que determinarán su impacto real:

  1. Capacidad institucional: La implementación requiere que fiscales, jueces y policías cuenten con formación especializada y acceso a herramientas tecnológicas actualizadas.
  2. Corresponsabilidad social: La norma plantea obligaciones para familias, escuelas y proveedores de servicios digitales, pero la eficacia dependerá de la articulación interinstitucional.
  3. Cooperación internacional: Dada la naturaleza transnacional de los delitos digitales, Bolivia deberá fortalecer alianzas con organismos y países para el rastreo y desmantelamiento de redes criminales.
  4. Prevención cultural: Ninguna ley será suficiente si no se acompaña de un cambio en las prácticas sociales y educativas que promuevan la seguridad digital desde la infancia.

Una oportunidad para reflexionar

La aprobación de esta ley no debería verse solo como un endurecimiento de sanciones, sino como una apuesta por la protección integral de la niñez en la era digital. La violencia sexual en línea es un fenómeno complejo que combina vulnerabilidades tecnológicas, sociales y culturales.

La reflexión necesaria es doble: por un lado, cómo garantizar que el marco legal no quede reducido a letra muerta; por otro, cómo construir entornos digitales que prioricen la seguridad y el bienestar de niñas, niños y adolescentes.

En este sentido, la norma representa un avance, pero también un llamado a la sociedad boliviana a comprender que la protección de la niñez no es tarea exclusiva del Estado: es una responsabilidad compartida.

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